Esta publicación nos ayudará a entender el proceso de Cancelación de CFDI’s esto es, ¿Cuándo si y cuándo no se podrán cancelar las facturas?. Recordemos que a partir del 01 de Septiembre, entra en vigor el nuevo esquema de cancelación, donde en algunos casos, se requerirá que el receptor de la factura, acepte (autorice) la cancelación de dicha factura.
Cuándo si y cuándo no se podrán cancelar las facturas?
Esa es la pregunta a responder. Podemos iniciar con lo que tenemos ahora mismo (antes del 01 de septiembre). Hoy en día, el estado de una factura, es simplemente vigente o cancelada. No hay mas.
A partir del 01 de septiembre, se agregará una serie de status para el proceso de cancelación, que aplicarán para una factura vigente:
- Cancelable sin aceptación
- No Cancelable
- Cancelable con aceptación
Las facturas que si SI SE PODRÁN CANCELAR SIN SOLICITAR ACEPTACIÓN por parte del receptor son:
- CFDI que amparen ingresos hasta $5,000.00
- Nómina
- Egreso
- Traslado
- Emitidos en “Mis cuentas”
- CFDI de Ingreso expedidos a contribuyentes el RIF
- Dentro de los tres días siguientes a la emisión
- Operaciones con público en general
- Recibidos por residentes en el extranjero
- CFDI a través del adquirente y sector primario (reglas 2.4.3 y 2.7.4.1 RMF)
- CFDI de retenciones e información de pagos
- CFDI emitido por integrantes del Sistema Financiero
Las facturas que se encuentran en condición NO CANCELABLES:
-
Una CFDI que tiene uno o más CFDIs relacionados puede ser cancelado pero no sus “hijos”, estos serán no
cancelables hasta que se cancele el CFDI “padre”.
Cuándo si y cuándo no se podrán cancelar las facturas? Retomando la pregunta, no se podrán cancelar aquellas facturas CFDI’s, que aparezcan como documentos relacionados en otra factura.
Finalmente, las facturas con status CANCELABLES CON ACEPTACIÓN:
Todos los CFDI’s que no caigan en las condiciones arriba mencionadas (SIN ACEPTACIÓN Y NO CANCELABLES), podrás ser canceladas con aceptación (autorización) del receptor.
Para información oficial del SAT, favor de consultar su presentación de este nuevo esquema.
Esperemos que esta publicación, le apoye de alguna manera en despejar sus dudas de Cuándo si y cuándo no se podrán cancelar las facturas.
Resumiendo algunas facturas se cancelarán sin necesidad de solicitar aceptación del receptor, algunas requerirán de dicha aceptación y finalmente algunas otras podrán caer en la condición de no cancelable (por estar relacionada a otra factura).